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Renato Caccia, Wehntalerstr. 115, CH-8057 Zurich (Suiza)

 

Informaciones para ciudadanos argentinos deseando emigrar
y/o recuperar la ciudadanía de sus antepasados

(última actualización: 5 de enero de 2003)

   

 

Observaciones generales

Dada la situación económica actual en Argentina, muchos argentinos y argentinas quieren emigrar tan rápido como sea posible. Sin embargo, no es recomendable viajar sin documentos y permisos válidos para vivir y trabajar en el país de destino. Vale la pena de evaluar previamente sus posibilidades y derechos individuales. Tal vez cumpla con las condiciones profesionales para emigrar a Australia o Nueva Zelandia? Tal vez cumpla con las condiciones legales para adquirir o recuperar la ciudadanía de sus antepasados europeos? Muchos de estos trámites se pueden hacer solamente en Argentina, antes de viajar.

Emigrar sin los documentos y permisos necesarios le causará - a lo mejor - muchas complicaciones y gastos adicionales o - a lo peor - una vida en clandestinidad, sin derechos y seguros sociales y laborales, lejos de su familia y de sus amigos, siempre en la angustia de ser descubierto y expulsado por la policía.

Emigrar hacia Europa Recuperar la ciudadanía europea de los antepasados
Alemania Dinamarca Francia Italia Reino Unido
Austria España Irlanda Noruega Suiza
Bélgica Finlandia Islandia Países Bajos  

 

Emigrar hacia países americanos Emigrar hacia otros continentes
Anguilla Canada Estados Unidos Australia Israel
Brasil Chile México Nueva Zelandia  

 

Europa

Es muy difícil emigrar legalmente a Europa con pasaporte argentino. Sin embargo, la mayoría de las argentinas y argentinos tienen raíces europeas. En ciertos casos, es posible recuperar la nacionalidad europea de sus antepasados y luego sacar un pasaporte de este país.

Por eso, piénselo:

  1. Qué pasaportes tienen su padre y su madre?

  2. Qué pasaportes tienen o tuvieron sus abuelos paternos y maternos?

  3. De qué descendencia eran sus abuelos paternos y maternos?

  4. Y luego averigüe en cada uno de estos países sus posibilidades de recuperar la ciudadanía o de obtener un permiso de residencia.

  5. El cónyuge de un ciudadano europeo tiene el derecho de acompañar a su esposa o su esposo y de recibir un permiso de residencia. En muchos países se puede adoptar la nacionalidad del cónyuge después de unos años de matrimonio.

Con un pasaporte de un país europeo, Ud. siempre tiene el derecho de vivir y trabajar libremente en aquel país. Para vivir y trabajar en otro país europeo, hay que distinguir los casos siguientes:

Países miembros de la Unión Europea UE
Los siguientes 15 países son miembros de la Union Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, los Países Bajos, Portugal, el Reino Unido de Gran Bretaña y de Irlanda del Norte y Suecia.
En principio, los ciudadanos de un país miembro de la UE tienen el derecho de vivir y trabajar libremente en cualquier otro país de la UE. Sin embargo, hay algunos trámites a efectuar para obtener los permisos respectivos. Los titulares de un pasaporte de uno de estos 15 países pueden viajar sin visado o permiso previo a cualquier país de la Unión Europea, buscar trabajo y regularizar su residencia allá.
Informaciones en castellano sobre los derechos inherentes de libre circulación de personas en la UE y la ciudadanía europea encontrará Ud. en la página web de la
Unión Europea.

Países del Espacio Económico Europeo EEE
La Unión Europea y los siguientes 3 países forman el EEE: Islandia, el Principado de Liechtenstein y Noruega.
Los ciudadanos de estos tres países tienen también el derecho principal de vivir y trabajar en los países de la Unión Europea

Suiza
Suiza no es miembro de la Unión Europea ni se adherirá a corto o mediano plazo. Sin embargo, Suiza y la UE firmaron un acuerdo bilateral que permitirá a los ciudadanos suizos vivir y trabajar en los países de la UE. Este acuerdo entrará en vigencia después de un período de transición de unos años.

Países que se adherirán a la Unión Europea el 1 de Mayo de 2004
El 13 de diciembre de 2002, la Presidencia del Consejo Europeo de la UE decidió dar la bienvenida a los países siguientes como miembros de la Unión Europea a partir del 1 de mayo de 2004: Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y la República Checa. Sin embargo, estas adhesiones habrán lugar solamente, si los países mencionados estarán de acuerdo. Por ejemplo en Polonia, habrá una votación popular sobre la adhesión a la UE, y está dudoso si el resultado estará positivo. Además, el derecho de libre residencia en los otros países de la UE estará garantizado solamente después de un período de transición de unos años.

Países que se adherirán a la Unión Europea a largo plazo
Actualmente, la Unión Europea está negociando con los países siguientes una adhesión a largo plazo: Bulgaria, Rumania y Turquía. Hasta ahora, los ciudadanos de estos países no tienen el derecho de vivir o de trabajar libremente en los países de la UE.

Otros países europeos no candidatos de adhesión a la UE
Para los otros países europeos (Albania, Belarus, Bosnia y Herzegovina, Croacia, Macedonia, Moldavia, Rusia, Ucrania y Yugoeslavia [con Serbia, Montenegro y Kosovo]) no está prevista actualmente una adhesión a la UE. Los ciudadanos de estos países no tienen el derecho de vivir o de trabajar libremente en los países de la UE.

 

Para la recuperación de la ciudadanía de los antepasados europeos, se puede decir lo siguiente sobre los distintos países:

Alemania Dinamarca Francia Italia Reino Unido
Austria España Irlanda Noruega Suiza
Bélgica Finlandia Islandia Países Bajos  

 

Alemania

La Sección consular de la embajada alemana en Buenos Aires informa lo siguiente:
Contrariamente al Derecho de ciudadanía argentino, el Derecho de ciudadanía alemán se basa en el principio de la descendencia. Esto significa: sólo quien posea antepasados alemanes puede adquirir la nacionalidad alemana. En cambio, el hecho de haber nacido en Alemania no es requisito suficiente para transmitir la nacionalidad alemana.
También contrariamente a la nacionalidad argentina, se puede perder fácilmente la nacionalidad alemana, por ejemplo, por naturalización como ciudadano de otro país.
Por tal motivo, es importante poder demostrar en la solicitud mediante partidas de nacimiento y de matrimonio que no existe interrupción en la cadena de descendencia del antepasado del cual se deriva la nacionalidad alemana.
Las siguientes preguntas le ayudarán a evaluar si usted ya posee la nacionalidad alemana, o bien, de qué modo puede adquirirla

¿De qué modo se adquiere la nacionalidad alemana?
¿Cuáles son los motivos de pérdida por los cuales yo ya no estaría en posesión de la nacionalidad alemana?
¿Cuáles son los documentos que debo adjuntar a la solicitud?
Quisiera enviar un e-mail para aclarar otras dudas...

Informaciones en alemán y en castellano hay también en la página web de la embajada argentina en Berlín.

 

Consultas individuales por e-mail (con gastos)
Visas Casamiento Internacional Partidas de Nacimiento Traducciones Búsqueda de personas Direcciones de autoridades Nacionalidad y Ciudadanía

 

Austria
La Sección consular de la embajada austríaca en Buenos Aires informa lo siguiente:

La Ciudadanía Austríaca se puede obtener por descendencia, por otorgamiento, por extensión del otorgamiento, etc.

DESCENDENCIA (ius sanguinis):

OTORGAMIENTO: Válido para extranjeros que se han radicado en Austria y que se quieren integrar plenamente al país, como también para esposos/esposas de ciudadanos austríacos, para lo que se dan condiciones y plazos de otorgamiento definidos. En casos puntuales es posible una extensión de la ciudadanía que se otorga al cónyuge, a hijos menores de edad y solteros.

INFORMACIONES más detalladas sobre las posibilidades de la obtención de la ciudadanía austríaca puede recibir - si no tiene domicilio permanente en Austria - en la Embajada. En caso de vivir en Austria, las recibe en los Departamentos de Ciudadanía de los Municipios correspondientes a su domicilio permanente en Austria.

PROCEDIMIENTO: El procedimiento legal para el otorgamiento de la ciudadanía austríaca es realizado por el Gobierno Provincial correspondiente

CASO ESPECIAL „EMIGRACIÓN" - DERIVACIÓN

En los casos que hay que retrotraerse a los antepasados (emigración) y siempre que no exista una carta de ciudadanía („Staatsbürgerschaftsnachweis", „Heimatschein", „Heimatrolle") del antepasado austríaco (bisabuelo/abuelo, padre, etc), hay que constatar antes que nada, si el antepasado DESPUES de la disolución del Imperio Austro-Húngaro (según el Tratado de Estado de St. Germain del 16.7.1920) y ANTES del 13 de marzo 1938 (día fijado por ley) estaba registrado como ciudadano austríaco en algún Municipio de la nueva República de Austria. Para poder constatar esto es necesaria la presentación de la partida de nacimiento (es decir los datos exactos del nombre, fecha de nacimiento y lugar de nacimiento del emigrante).

IMPORTANTE:

 

VISADO Y CONSULTAS SOBRE RADICACIÓN
PERMISO DE TRABAJO

1. Visado y Consultas sobre Radicación

Atención: Ciudadanos de Argentina, Uruguay y Paraguay pueden permanecer en principio por motivos turísticos durante tres meses (máximo 90 días) sin visado en Austria y en todos los „Países del Tratado de Schengen".

Para una estadía más larga (por ejemplo: estudio) o para ejercer una profesión o un oficio son determinantes, como siempre, las disposiciones nacionales de Austria, y/o respectivamente de cada uno de los países de destino, por lo que las informaciones competentes se otorgan en las Embajadas de cada país.

Países del Tratado de Schengen (actualmente): Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Países Bajos, Portugal y Suecia.

 

2. Consultas sobre Leyes Laborales: Toma de Empleos en Austria por ciudadanos extranjeros (CIUDADANOS que no pertenecen a la UNION EUROPEA).

Advertencias:

A los ciudadanos que no pertenecen a la Unión Europea se les aplican las disposiciones de la Ley Federal del 20 de marzo de 1975, Boletín Legislativo Nr. 218 (BGBL. Nr. 218), que reglamenta la ocupación de los extranjeros (Ley de Ocupación de extranjeros; abreviado: AuslBG), (www.ris.bka.gv.at).

Esta Ley reglamenta en extenso las condiciones y el procedimiento para obtener una autorización para la ocupación (permiso de trabajo), que debe reunir un extranjero para poder trabajar en Austria.

Condición fundamental para conceder una "autorización para una ocupación" (paso previo al Certificado de Garantía Individual) es, según el Artículo 4 de la Ley de Ocupación de Extranjeros, saber la situación correspondiente y el desarrollo del mercado laboral, que es el que en última instancia puede admitir la ocupación de un extranjero, y siempre y cuando que no se contraponga a intereses oficiales o económico-integrales de importancia. A esto se agrega también la disposición sobre la cifra máxima de habitantes en todo el estado de Austria, según Artículo 12a de la Ley de Ocupación de Extranjeros.

Por el momento la situación del mercado laboral ofrece sólo una posibilidad muy limitada para la ocupación de trabajadores extranjeros nuevos y/o adicionales.

La Administración del Mercado Laboral austríaco se esfuerza actualmente en limitar la ocupación de los extranjeros a la situación actual, para poder proporcionar lugares de trabajo suplementarios a los habitantes del país, a los jóvenes extranjeros de segunda generación y a los extranjeros desocupados de generaciones adultas, que viven desde ya hace mas tiempo en Austria.

 

Consultas individuales por e-mail (con gastos)
Visas Casamiento Internacional Partidas de Nacimiento Traducciones Búsqueda de personas Direcciones de autoridades Nacionalidad y Ciudadanía

 

Bélgica

Pocas informaciones en castellano se encontrarán en la página web de la Embajada belga en Buenos Aires

 

Dinamarca

La sección consular de la Embajada danesa en Buenos Aires informa lo siguiente:

Ciudadanía danesa.

Aunque las reglas son complejas y los casos nunca son iguales le recomendmos leer cuidadosamente las siguientes dos reglas que son básicas e indagar cuidadosamente acerca de su propia situación:

  1. La ciudadanía danesa se transmite únicamente de padres a hijos.
  2. Los hijos de padres daneses nacidos fuera de Dinamarca y que nunca han vivido en Dinamarca por un mínimo tiempo de doce (12) meses bien sea ininterrumpidamente o como total de varias visitas (comprobables) pierden la ciudadanía danesa al cumplir los 22 años.

Si usted o sus padres han nacido con la ciudadanía danesa y la ha(n) perdido al cumplir los 22 años de edad para poder recobrarla debe de radicarse en Dinamarca. Después de cierto tiempo usted podrá solicitar la ciudadanía por naturalización. Para recobrarla se considerará el conocimiento acerca del país, domínio del idioma entre otros detalles. Para mayor información acerca de su caso particular usted puede escribir detalladamente acerca de su situación a la Real Embajada de Dinamarca (ambadane@ambadane.org.ar)

Descendientes de ciudadanos daneses.

Hijos y nietos de ciudadanos danes que no tienen la ciudadanía danes pueden solicitar un permiso de residencia y trabajo temporal para lo que deberán presentar los tres formularios detallados en el hipervinculo "Estadía en Dinamarca", tres fotos carnet, copia del pasaporte y copia(s) de la partida(s) de nacimiento que demuestren la línea de ascendencia directa. La tarifa consular es de 50 pesos argentinos.

Antes de comunicarse con la Real Embajada de Dinamarca le recomendamos consultar la página web. Puede ser que en ella encuentre las respuestas a sus preguntas de manera clara y fácil.

 

España

La sección consular de la Embajada española en Buenos Aires informa lo siguiente:

NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Las leyes españolas sobre nacionalidad no permiten dar una respuesta uniforme a todas las consultas que se plantean. Cada caso puede ser distinto, en función de varias circunstancias, como por ejemplo las fechas en que se traslada la residencia de un país a otro.

A continuación se enumeran algunas reglas, a título orientativo:

  1. Son españoles los nacidos de padre o madre españoles. 
    Sin embargo, los nacidos de padre argentino y madre española antes del 20 de agosto de 1982 son argentinos; podrán optar por la nacionalidad española si son menores de 23 años.
  2. Salvo excepciones, el nacimiento en España, por sí solo, no es título suficiente para reclamar la nacionalidad española.
  3. El extranjero casado con un español o española adquiere la nacionalidad española tras un año de residencia legal y continuada en España.
  4. Desde la entrada en vigor de la Constitución Española, el 29 de diciembre de 1978, los españoles pueden adquirir la nacionalidad argentina sin dejar de ser españoles.
    En cambio, los españoles que hayan adquirido la nacionalidad argentina antes de esa fecha no siempre conservan su nacionalidad de origen.
  5. El pasaporte español no es prueba absoluta de la nacionalidad española.

Si desea Ud. conocer cómo obtener o recuperar la nacionalidad española: HAGA CLIC AQUÍ.       

Los Consulados españoles remiten mensualmente al Registro Civil Central, duplicados de las inscripciones de nacimiento, matrimonio, defunción y tutelas. Aquellas personas que deseen obtener una certificación de cualquiera de estas insripciones y residan en España, pueden solicitarlas directamente a dicho organismo dependiente del Ministerio de Justicia [Calle Montera, 18, 28013 MADRID. Teléfono (91)701-4322. Fax: (91) 701-4372] sin necesidad de dirigirse al Consulado.

Los trámites y el asesoramiento relativos a la nacionalidad española en el Consulado son GRATUITOS.

En cualquier caso, se recomienda dirigirse por e-mail a consulado.buenosaires@correo.mae.es o presentarse personalmente con la documentación que pueda aportar, a fin de que se estudie particularmente su situación, en:

Consulado General de España en Buenos Aires
Calle Guido, 1760 - Buenos Aires
Sección Información
de lunes a viernes (menos miércoles)
de 8.30 a 14 horas.


Muy recomendable es el Portal Argentino en España, publicado por la embajada argentina en Madrid.
Además, hay una
página web del consulado argentino en Vigo (Galicia).

Comunicado Conjunto del 31.10.2002 de las Cancillerías Argentina y Española sobre el Ingreso de Argentinos a España

 

Consultas individuales por e-mail (con gastos)
Visas Casamiento Internacional Partidas de Nacimiento Traducciones Búsqueda de personas Direcciones de autoridades Nacionalidad y Ciudadanía

 

Finlandia

Informaciones sobre permisos de residencia y de trabajo se encuentran en la página web de la Embajada de Finlandia en Buenos Aires.

 

Francia

Informaciones en francés sobre la ciudadanía francesa se encuentran en la página web del Consulado General de Francia en Buenos Aires.

Informaciones en castellano sobre visados y permisos de residencia de encuentran en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores en Paris.

 

Consultas individuales por e-mail (con gastos)
Visas Casamiento Internacional Partidas de Nacimiento Traducciones Búsqueda de personas Direcciones de autoridades Nacionalidad y Ciudadanía

 

Irlanda

Informaciones en inglés sobre la ciudadanía irlandesa y la emigración hacia Irlanda se encuentran en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores en Dublin. Hoja informativa en inglés sobre visas de trabajo para Irlanda y cómo encontrar un trabajo.

Más informaciones en inglés sobre ciudadanía irlandesa, permisos de residencia y trabajo en Irlanda se encuentran en la página web de Oasis Public Service Information.

 

Islandia

Informaciones en inglés sobre la imigración a Islandia se encuentran en la página web del Útlendingaeftirlitið (Directorado de Imigración) en Reykjavik.

 

Italia

El Consulado general de Italia en Buenos Aires informa lo siguiente:

Las personas que deseen obtener el reconocimiento de la ciudadanía italiana deberán acercarse a éste Consulado General entre las 15 y las 18 horas, de lunes a viernes.  En M.T. de Alvear 1149 se les entregarán las instrucciones sobre los documentos que se deben presentar y  un módulo que deberán completar y depositar en un buzón de recepción ubicado en el exterior del Consulado acompañado de una fotocopia del DNI del solicitante.

Se deberá depositar un módulo por núcleo familiar.  Se entiende por núcleo familiar el grupo compuesto por padre, madre e hijos solteros que conviven en el mismo domicilio.

Éste Consulado comunicará por correo la fecha del turno en la que podrá presentarse la documentación.  Dada la enorme cantidad de solicitudes, no estamos en condiciones de responder en forma inmediata.   Sin embargo, se asegura que todas solicitudes serán contestadas y se ruega no solicitar información sobre la fecha de la cita ya que ésta será comunicada exclusivamente por correo.

Una vez presentada la documentación destinada a obtener el reconocimiento de la ciudadanía italiana, éste Consulado General procederá a analizar la misma y procesarla según los términos establecidos por la ley italiana de ciudadanía y los artículos 2 y 4 de la ley del 7 de agosto 1990, n.241.  Si la documentación está en orden será transmitida a la comuna italiana correspondiente en los plazos establecidos por la ley italiana.  En caso de existir algún problema con la misma, se le comunicará por escrito al domicilio por Ud. declarado.  En el momento en que el derecho a la ciudadanía esté confirmado Ud. recibirá una carta en el domicilio aquí declarado y podrá solicitar su pasaporte italiano cuando así lo desee.   Éste Consulado General no proporciona información sobre estados intermedios del trámite.  Se ruega esperar la llegada de la carta a su domicilio.  Sólo a partir de ese momento podrá considerar que el trámite ha quedado concluído.

Encontrará a continuación la información necesaria para saber si tiene o no derecho a solicitar la ciudadanía y la documentación que deberá presentar en el punto "Requisitos y documentos para obtener la ciudadanía Jure Sanguinis". 

¿Cómo se obtiene la ciudadanía italiana?

Esencialmente de tres maneras:

1. ciudadanía por nacimiento

es ciudadano italiano el hijo de padres italianos. Dado que la mujer italiana transmite la ciudadanía a los hijos nacidos a partir del 01.01.1948, quien haya nacido con anterioridad a esta fecha podrá tomar la ciudadanía solo por via paterna, mientras que quien haya nacido con posterioridad la podrá recibir indistintamente del padre o de la madre.

La transmisión de la ciudadanía "jure sanguinis" no prevee límites de generación pero no permite saltos generacionales.

Aquellas personas que, habiendo nacido en Argentina, quieran obtener el reconocimiento de la ciudadanía italiana, deben presentar la siguiente documentación:

Requisitos y documentos para obtener la ciudadania "Jure Sanguinis"

2. ciudadanía por matrimonio

Puede obtener la ciudadanía italiana quien se haya casado con un/a ciudadano/a italiano/a.

Sin embargo, existen dos situaciones diferentes según sea la fecha de celebración del matrimonio:

  • matrimonio celebrado antes del 27.04.1983 : la mujer extranjera casada con un ciudadano italiano adquiere automáticamente la ciudadanía
  • matrimonio celebrado después del 27.04.1983: a partir de esta fecha no existe más la adquisición automática de la ciudadanía por matrimonio con un ciudadano italiano. Toda persona que se casa con un/a ciudadano/a italiano/a puede pedir la ciudadanía italiana por naturalización después de transcurridos tres años desde la fecha del matrimonio si reside en el exterior y seis meses si reside en Italia.

La adquisición de la ciudadanía italiana "iure sanguinis" y "iure matrimoni" no altera su condición de ciudadano/a argentino/a.

Requisitos y documentos para obtener la ciudadania "Jure matrimoni"

3. recuperación de la ciudadanía

El ciudadano italiano que haya obtenido la ciudadanía argentina por naturalización antes del 16.08.1992, perdiendo así su ciudadanía de origen, puede recuperarla residiendo en Italia por un periodo mínimo de un año.

Quien haya adquirido otra ciudadanía a partir del 16.08.1992 conserva la ciudadanía italiana a menos que renuncie expresamente a la misma.

La casuística en materia de ciudadanía es particularmente compleja. Se recomienda, por lo tanto, consultar siempre con la Oficina Consular a fin de poder analizar las situaciones específicas.

Más informaciones sobre estos temas encontrará también en las páginas web de los distintos consulados italianos en Argentina:
Bahía Blanca
Buenos Aires
Córdoba
La Plata
Lomas de Zamora (Bs.As.)
Mar del Plata
Mendoza
Moron (Bs.As.)
Rafaela (Santa Fé)
Rosario de Santa Fé
Santa Rosa (La Pampa)

Además, la página web de las municipalidades italianas es muy útil. En esta página encontrará Ud. muchísimas informaciones en castellano para descendientes de italianos, como p.ej. legislación en Italia, la ciudadanía italiana, la búsqueda genealógica, direcciones de autoridades en Italia, enlaces a páginas relacionadas, etc.

En la página web de la Embajada de Argentina en Roma hay informaciones para viajeros y residentes argentinos.

 

Consultas individuales por e-mail (con gastos)
Visas Casamiento Internacional Partidas de Nacimiento Traducciones Búsqueda de personas Direcciones de autoridades Nacionalidad y Ciudadanía

 

Noruega

Informaciones en castellano sobre permisos de residencia y de trabajo se encuentran en la página web de la Embajada de Noruega en Buenos Aires.

Amplias informaciones en inglés y noruego sobre la ciudadanía noruega y las condiciones de inmigración al Reino de Noruega en la página web de la Dirección noruega de Inmigración (Utlendingsdirektoratet).

Le gustaría trabajar en Noruega. ¿Cómo se puede encontrar un empleo?
Consulte las páginas web de la Dirección de Empleo, donde hay información en inglés. Permiso de trabajo debe ser solicitado a través de la Embajada de Noruega en Buenos Aires. Antes de solicitar dicho permiso es necesario haber obtenido una oferta escrita de trabajo en Noruega. La embajada no cuenta con bolsa de trabajo.

Si quiere obtener más información sobre el mercado laboral en Noruega, el servicio de información del gobierno de Noruega (ODIN) ha publicado un artículo en español.

¿Cuáles son las oportunidades de empleo en los campos de la ciencia, la ingeniería y la tecnología en Noruega y cómo puedo encontrar un empleo de tales características?
Hay una importante demanda de ingenieros de programación y sistemas informáticos en el marco de la tecnología de la información, tanto en el sector industrial como en el público. La ingeniería de plataformas Offshore, las áreas de ingeniería biotecnológica y manufacturera necesitan personal altamente calificado. Las personas de habla inglesa y con conocimientos de noruego tienen posibilidades. Para encontrar un empleo, vea las ofertas de empleo que se publican en las páginas web de la Dirección de Empleo.

 

Países Bajos (Holanda)

El Ministerio de Asuntos Exteriores en La Haya informa lo siguiente:

1 Antecedentes 

El 1 de enero de 1985 entró en vigor la Ley Estatal de la Nacionalidad Neerlandesa (RWN). Dicha ley establece, entre otros extremos, que las personas que han nacido en el extranjero y que, además de ostentar la nacionalidad neerlandesa, ostentan la nacionalidad de su país de nacimiento, perderán la nacionalidad neerlandesa cuando alcanzada la mayoría de edad, residan diez años ininterrumpidamente en su país de nacimiento, que es al mismo tiempo el país de su otra nacionalidad (artículo 15c de la Ley Estatal de la Nacionalidad Neerlandesa). Algunos años después de la entrada en vigor de la RWN, el Gobierno neerlandés de aquella época reconoció la necesidad de modificar este modo de perder la nacionalidad neerlandesa.

Esto se tradujo en tres proposiciones de ley para modificar la RWN. La última proposición de ley fue adoptada por la Cámara Baja en abril de 2000 y fue aprobada por la Cámara Alta en diciembre de 2000. La ley entrará en vigor por fases, la primera parte de la ley entrará en vigor el 1 de febrero de 2001 y más adelante los demás artículos en 2002, en una fecha aún por determinar.

 

2 Primera fase (para aquellas personas a quienes se haya expedido un pasaporte neerlandés o un certificado de nacionalidad neerlandesa después del 1 de enero de 1990) 

El 1 de febrero de 2001 entra en vigor la primera parte (artículo V, segundo apartado) de la RWN modificada. Este artículo prevé la recuperación automática de la nacionalidad neerlandesa para aquellas personas que la hubieran perdido en virtud del artículo 15 (encabezamiento y apartado c) de la RWN. Una vez recuperada la nacionalidad neerlandesa se considera que estas personas nunca la perdieron. Esto se aplica también a sus hijos menores de edad.

Este artículo se aplica a las personas a quienes se haya expedido un pasaporte neerlandés o un certificado de nacionalidad neerlandesa después del 1 de enero de 1990. Es importante comprobar en qué fecha se expidió el pasaporte o el certificado de nacionalidad neerlandesa, ya que a partir de esta fecha se empieza a contar el nuevo plazo de diez años de pérdida de la nacionalidad neerlandesa. No se empezará a contar este plazo de pérdida de la nacionalidad antes del 1 de enero de 1992. Esto se aplica también a los hijos que hubieran perdido la nacionalidad neerlandesa porque sus padres la perdieron en virtud del artículo 15c de la RWN. Dado que no todo el mundo obtiene en la misma fecha un pasaporte neerlandés o un certificado de nacionalidad neerlandesa, habrá que tener en cuenta lo siguiente:

Las personas a quienes se haya expedido por última vez un pasaporte neerlandés o un certificado de nacionalidad neerlandesa entre el 1 de enero de 1990 y el 1 de enero de 1992 deberán solicitar nuevamente antes del 1 de enero de 2002 (o si esta fase entrara en vigor más adelante, en una fecha posterior en 2002) un pasaporte neerlandés o un certificado de nacionalidad neerlandesa.

 

3 Segunda fase (para aquellas personas a quienes no se haya expedido un pasaporte neerlandés o un certificado de nacionalidad neerlandesa después del 1 de enero de 1990) 

En 2002 entrarán en vigor los demás artículos de la RWN modificada (entre ellos el artículo V, primer apartado). Este artículo se aplica a aquellas personas que perdieron la nacionalidad neerlandesa en virtud del artículo 15c de la RWN, pero a quienes no se aplica la recuperación de la nacionalidad neerlandesa contemplada en la primera fase. Este artículo prevé una posibilidad de recuperar la nacionalidad neerlandesa. Para ello, estas personas deberán realizar una declaración por escrito ante la Representación Diplomática o Consular Neerlandesa de su lugar de residencia.

Mediante esta declaración por escrito manifestando la voluntad de volver a obtener la nacionalidad neerlandesa se recupera dicha nacionalidad con efecto retroactivo al momento en que se perdió. En todo caso, la recuperación de la nacionalidad neerlandesa se condiciona a la confirmación por escrito por parte del Estado neerlandés. Los hijos menores que vivan con sus padres recuperarán también la nacionalidad neerlandesa si el padre que opta por la nacionalidad neerlandesa lo solicita expresamente.

Se contempla la posibilidad de recuperar la nacionalidad neerlandesa hasta dos años después de haber entrado en vigor la RWN, por tanto hasta 2004 en una fecha aún por determinar.

Puesto que en este caso la recuperación de la nacionalidad neerlandesa tiene lugar a solicitud de la persona que ostentaba anteriormente la nacionalidad neerlandesa, cabe la posibilidad de que pierda la nacionalidad que ostenta en ese momento. Para comprobar si la recuperación de la nacionalidad neerlandesa en virtud del artículo V (primer apartado) tiene como consecuencia la pérdida de la otra nacionalidad, el interesado deberá consultar dicho extremo a las autoridades de esta otra nacionalidad.

No se podrá derivar ningún derecho del texto mencionado más arriba.

El texto completo de la Ley Estatal de la Nacionalidad Neerlandesa reformada (RWN) se encuentra en el Diario Oficial del Estado neerlandés de 21 de diciembre de 2000, Boletín Oficial del Estado neerlandés 618.

 

4 Ejemplo de la Primera fase 

El señor y la señora Reitsma se marcharon a Sudáfrica en 1960 y han ostentado siempre la nacionalidad neerlandesa exclusivamente. Tienen 2 hijos, John, de 30 años y Maike, de 28 años; ambos nacieron en Sudáfrica y por el hecho de haber nacido en territorio sudafricano ostentan automáticamente la nacionalidad neerlandesa. John y Maike residen desde su nacimiento ininterrumpidamente en Sudáfrica.

John cumplió veintiocho años el 4 de abril de 1998 y en esta fecha perdió la nacionalidad neerlandesa. Su hermana cumplió veintiocho años el 4 de enero de 2000 y en esta fecha perdió la nacionalidad neerlandesa. Afortunadamente, John y Maike han tenido siempre un pasaporte holandés hasta el momento en que perdieron la nacionalidad neerlandesa. El pasaporte de John se expidió el 6 de febrero de 1998 y el de su hermana el 18 de agosto de 2000. Teniendo en cuenta la fecha de expedición de dichos pasaportes se considera que John y Maike nunca perdieron la nacionalidad neerlandesa y, por tanto, podrán volver a obtener un pasaporte neerlandés a partir del 1 de febrero de 2001.

 

5 Ejemplo de la Segunda fase 

El señor y la señora Havinga emigraron a Canadá en 1955 y han ostentado siempre la nacionalidad neerlandesa exclusivamente. Tienen una hija, Joyce, que nació el 14 de agosto de 1968 en Toronto. Además de la nacionalidad neerlandesa, Joyce obtuvo automáticamente la nacionalidad canadiense por haber nacido en territorio canadiense. Desde su nacimiento, Joyce reside ininterrumpidamente en Canadá. Joyce nunca ha solicitado un pasaporte neerlandés o un certificado de nacionalidad neerlandesa.

Joyce cumplió 28 años el 14 de agosto de 1996 y en esta fecha perdió la nacionalidad neerlandesa. Puesto que después del 1 de enero de 1990 nunca obtuvo un pasaporte neerlandés o un certificado de nacionalidad neerlandesa no se le podrá aplicar el régimen mencionado anteriormente (fase 1) y no recuperará automáticamente la nacionalidad neerlandesa a partir del 1 de febrero de 2001. Desgraciadamente, Joyce deberá esperar hasta la entrada en vigor del resto del articulado de la nueva RWN en 2002, en una fecha aún por determinar. A partir de ese momento tendrá tiempo hasta una fecha que queda por determinar en 2004 para realizar una declaración ante la Embajada o el Consulado de los Países Bajos optando por la recuperación de la nacionalidad neerlandesa. Mediante esta declaración, Joyce volverá a ostentar la nacionalidad neerlandesa con efecto retroactivo al 14 de agosto de 1996 (fecha en la que perdió la nacionalidad neerlandesa) y podrá disponer por tanto de un pasaporte neerlandés.

 

6 Importante / importante / importante 

A partir de 2002 en una fecha que queda por determinar, el ciudadano holandés mayor de edad que nazca en cualquier lugar en el mundo, y que ostente, además de la nacionalidad neerlandesa, también otra nacionalidad por residir durante diez años ininterrumpidamente fuera de los Países Bajos, las Antillas Neerlandesas y Aruba o fuera de algún otro país miembro de la Unión Europea, perderá automáticamente la nacionalidad neerlandesa. Aunque esta nueva normativa sea en realidad más estricta que la normativa anterior, se han ampliado las posibilidades de continuar ostentando la nacionalidad neerlandesa. Puesto que se podrá seguir siendo holandés si se obtiene como mínimo una vez en diez años (a partir de los 18 años) un pasaporte neerlandés o un certificado de nacionalidad neerlandesa de la Embajada o del Consulado de los Países Bajos.

 

7 Información más detallada 

Para información más detallada puede dirigirse a la Embajada o al Consulado General de los Países Bajos más cercano, o bien al Departamento de Asuntos Jurídicos Consulares de la Dirección de Circulación de Personas, Migración y Asuntos Consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores (dirección de correo electrónico dpc-cj@minbuza.nl).

 

Más informaciones sobre la ciudadanía neerlandesa y sobre visados y permisos de trabajo para extranjeros en los Países Bajos encontrará en la página web de la Sección consular de la Embajada neerlandesa en Buenos Aires.

 

Reino Unido (Inglaterra, Escocia, Gales e Irlanda del Norte)

La Sección Consular de la Embajada británica en Buenos Aires informa lo siguiente:

El Acta Británica de Nacionalidad de 1981 es muy específica. Si Ud. desea obtener la ciudadanía británica debe cumplir con los siguientes requisitos. Si su abuelo o bisabuelo , por el lado paterno solamente, nació en el Reino Unido, el nacimiento del aplicante debería haber sido registrado en un consulado británico al nacer. La registración del nacimiento habilita para la obtención de la ciudadanía. En el caso de que su bisabuelo haya nacido en el Reino Unido el aplicante tiene el derecho de obtener un pasaporte British Citizenship Overseas, el cual NO le habilita a vivir en el Reino Unido, ni en la Unión Europea.

Por consiguiente, el Acta Británica de Nacionalidad de 1981 establece que si Ud. nació antes de 01-01-83 y su nacimiento no fue registrado Ud. ahora esta excluido de poder obtener ciudadanía británica, sin ningún tipo de excepciones.

Si Ud. nació despues de 1983 sólo se puede obtener la ciudadanía si su madre o padre han nacido en el Reino Unido o poseen un certificado de registración o naturalización del Home Office.

Después de 1983 la mujer puede pasar la ciudadanía británica siempre y cuando ella haya nacido en el Reino Unido a hijos nacidos después de 1983. Si nacieron antes y son menores de 18 años se puede hacer un tramite el Home Office.  

 

Consultas individuales por e-mail (con gastos)
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Suiza

Nacionalidad para los hijos de suizos

Para que el hijo de padre o madre suiza nacido en el extranjero obtenga la nacionalidad suiza, hay que entregar el Certificado de nacimiento en la Embajada de Suiza antes de cumplir los 22 años. El trámite de inscripción es gratuito. Pasado ese plazo, el hijo pierde sus derechos a la nacionalidad según el artículo 10 de la Ley de derecho a la Ciudadanía Suiza.
Sin embargo, en algunos casos se puede solicitar la recuperación antes de cumplir los 32 años.

Hijos de madres suizas nacidos antes del año 1952 pueden solicitar la naturalización facilitada.

Más informaciones en castellano sobre la nacionalidad suiza y visados/permisos de residencia suizos encontrará en la página web de la Embajada de Suiza en Buenos Aires.

Encontrará más informaciones en alemán, francés, italiano o inglés sobre la ciudadanía suiza y la imigración en Suiza en la página web de la
Oficina Federal de los Extranjeros (OFE).

 

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Israel

Para argentinas y argentinos de religión o descendencia judía, la emigración hacia Israel podría ser una alternativa real. Sin embargo, se tiene que considerar que la situación de seguridad en Israel y en los territorios palestinos se está empeorando cada día.

Informaciones en inglés y en hebreo sobre la emigración a Israel encontrará Ud. en la página web del Ministry of Immigrant Absorbtion.

Informaciones en castellano se encontrarán en la página web de la Embajada de Israel en Buenos Aires.

 

Australia

Todas las informaciones en inglés sobre la inmigración a Australia, trámites de visado, direcciones, formularios a descargar etc. se encontrarán en la página web del Australian Department of Immigration and Multicultural and Indigenous Affairs DIMIA

Informaciones en castellano se encontrarán en la página web de la Embajada de Australia en Buenos Aires.

Pocas informaciones en la página web de la Embajada de Argentina en Canberra.

 

Nueva Zelandia

Todas las informaciones en inglés sobre la inmigración a la Nueva Zelandia, trámites de visado, direcciones, formularios a descargar etc. se encontrarán en la página web del New Zealand Immigration Service NZIS.

Página web de la embajada argentina en Wellington.

 

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Estados Unidos

Todas las informaciones en inglés sobre la inmigración a los Estados Unidos, trámites de visado, direcciones, formularios a descargar etc. se encontrarán en las páginas web del
-
U.S. Immigration and Naturalization Service INS
-
U.S. State Department

Informaciones en castellano se encontrarán en la página web de la Embajada de los Estados Unidos en Buenos Aires.

Informaciones oficiales en castellano sobre Visas de Inmigrantes por Sorteo ("Green Card Lottery")

Además, los siguientes Consulados argentinos en los EE.UU. tienen una página web:
-
Los Angeles
- Miami (con muchísimas informaciones muy útiles para inmigrantes y residentes argentinos)
-
Washington DC (Sección consular de la Embajada)

 

Canadá

Todas las informaciones en inglés y francés sobre la inmigración a Canadá, trámites de visado, direcciones, formularios a descargar etc. se encontrarán en la página web del Citizenship and Immigration Canada / Citoyenneté et Immigration Canada CIC

Inmigrar a Quebec para vivir la experiencia francesa en América del Norte!
Informaciones en castellano del Ministerio de Inmigración del Quebec

Informaciones en castellano, inglés y francés se encontrarán en la página web de la Embajada de Canadá en Buenos Aires

Embajada de Argentina en Ottawa
Consulado general de Argentina en Montreal
Consulado de Argentina en Toronto

 

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Brasil

Informaciones en castellano se encontrarán en la página web del Consulado general de Brasil en Buenos Aires

Si Usted desea trabajar en Brasil, no deberá dirigirse al Consulado de inmediato. Antes, deberá realizar los siguientes trámites:


Embajada de Argentina en Brasilia
Consulado de Argentina en Belo Horizonte
Consulado general de Argentina en San Pablo

 

Chile

Informaciones sobre visados sujetos a contrato se encontrarán en las páginas web de los distintos consulados chilenos en Argentina:

Consulado general de Argentina en Santiago de Chile

 

México

Informaciones sobre los distintos tipos de visados se encontrarán en la página web de la Embajada de México en Buenos Aires.

Amplias informaciones sobre las condiciones de inmigración à México en la página web del Instituto Nacional de Migración en México, D.F.

 

Anguilla (Antillas británicas)

Informaciones en inglés se encontrarán en la página web del Department of Immigration.

 

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